Declarar por Internet es rápido y seguro

Si recibe ingresos mayores a $400,000 pesos o por dos o más actividades al año, si dejó de prestar servicios antes del 31 de diciembre del 2009 o va a realizar deducciones personales, entonces usted está obligado a presentar la declaración anual de impuestos.

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Roberto Gómez Ledezma, de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, comentó: “Mientras no exista una situación fuera de lo normal para el contribuyente y cuente con toda la documentación fiscal, podrá realizar su declaración vía Internet”.

Para iniciar el trámite se debe usar una computadora con acceso a Internet:

  • Bajar el software en la página del SAT (DeclaraSAT) o dar click en “oficina virtual”.
  • Tener la Firma Electrónica (Fiel) o en su caso con la Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC).
  • Tener a la mano la información y documentación generada por su actividad, como la constancia de retenciones (la debe otorgar el patrón) y las facturas de gastos a deducir.
  • Integrar el total de ingresos y deducciones por su actividad sin incluir IVA, separadas por concepto.
  • Si sus ingresos están gravados con IVA, debe tener la documentación con la cual calculó el IVA y, en su caso, los comprobantes de los pagos mensuales.
  • En caso de obtener saldo a favor deberá registrarlo en la declaración, para ello hay que tener las claves electrónicas y una cuenta bancaria con CLABE.

Fuente: EL EMPRESARIO


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Fecha de publicación:  marzo 10, 2010

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jegs87

Desarrollador Web, colaborador de Tequila Valley y Mozilla México, co-fundador de Nacnati, editor de WebAdictos.com.mx

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  • Isela

    Hola, tengo una pregunta

    Dices que debo tener los comprobantes de los pagos mensuales del IVA.
    ¿cómo se reportan estos pagos de IVA al SAT durante el año? Se que existe un formato para declarar IETU e ISR , pero no sé si existe algo para el IVA.
    ¿Sabrás algo al respecto?